“Maquilla” Fiscalía los peritajes

El pasado 26 de julio a las siete de la mañana la señora Josefina Celaya Muñoz de 65 años se dirigía a su centro de trabajo en una tienda departamental, al cruzar el boulevard Felipe Pescador un vehículo Nissan Tsuru la impactó provocándole la muerte, el responsable José Andrés Corral Aragón fue liberado de los […]

05/08/2016

El pasado 26 de julio a las siete de la mañana la señora Josefina Celaya Muñoz de 65 años se dirigía a su centro de trabajo en una tienda departamental, al cruzar el boulevard Felipe Pescador un vehículo Nissan Tsuru la impactó provocándole la muerte, el responsable José Andrés Corral Aragón fue liberado de los cargos de homicidio culposo 48 horas después.

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María de Jesús Galarza Flores quien representa legalmente de la familia de la víctima acusó que el peritaje de la Fiscalía General del estado, a cargo de Edgar Aarón Serrano Amaya y que arrojó como responsable del accidente a la víctima no dejó conforme a la familia por lo que solicitaron un peritaje externo.

“Fiscalía dice que la señora cruzó mal, que cruzó por una zona que no era permitida y que ella es la responsable puesto que le invadió el carril de circulación al automóvil”.

Dicho peritaje señaló que si hubo responsabilidad por parte de quien conducía el vehículo primero porque la mujer cruzaba la calle por una intersección que el reglamento de tránsito reconoce como paso de peatones, además de que al momento del impacto ella estaba en el tercer carril, es decir que ya había cruzado un tramo amplio de la calle.

El vehículo, según la medición externa corría a 60 kilómetros por hora en una zona que marca como velocidad máxima 30 kilómetros, debido a que es una zona escolar “de acuerdo a lo que el perito señala él (el conductor) nunca se fijó el la señora puesto que la impactó y vino frenando 15 metros después”.

Ni la Fiscalía ni los elementos de la Policía Vial señalaron este hecho en su reporte y omitieron mencionar la posición final de la víctima y también el lugar en el que frenó el conductor.

Héctor Daniel Fernández Celaya, hijo de la víctima narró que desde que llegó a la Fiscalía a reconocer el cuerpo de su madre la esposa del conductor insistió en el pago de una indemnización, algo que le pareció extraño cuando se afirma que no hubo ninguna responsabilidad por parte de Edgar Aarón Serrano.

Otra de las causas por las que decidió contratar una abogada y solicitar un peritaje externo fue que la Fiscalía resolvió dejar libre al inculpado apenas 48 horas después, cuando las exequias ni siquiera habían terminado.
En la zona cercana al área del accidente existen cámaras monitoreadas desde el Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicación y Cómputo (C5) sin embargo la que podría aportar pruebas para esclarecer las responsabilidades de cada uno se encontraba apagada durante el accidente.

Antonio Serrano González, representante en Durango de los Profesionales en Seguridad Pública acusó que es recurrente que en cada accidente en el que la grabación de una cámara operada desde C5 supondría una prueba irrefutable resulta que hubo una falla técnica del equipo.

Otro de los señalamientos se refiere al hecho de que únicamente el agente del ministerio público y el C5 pueden tener acceso a esta evidencia, ni la víctima ni el acusado o sus equipos legales tienen la posibilidad de constatar el contenido de las mismas.

A este respecto se solicitó que la Secretaría de Seguridad, dependencia de quien depende el C5, proporcionara datos sobre el presupuesto que se asigna anualmente para el mantenimiento de las cámaras y el número de casos en el que la Fiscalía solicita información al Centro para la resolución de accidentes pero el vocero de la institución, Fernando Ríos Quiñones explicó que toda la información relacionada con el Centro está a reserva de ley.

María de Jesús Galarza señaló que es recurrente que los peritajes de Fiscalía resulten favorables para el acusado “es muy común que en Fiscalía saquen peritajes en donde ponen al peatón como responsable, es una situación delicada, la lógica nos dice que hay corrupción”.

Atribuyó la complacencia de las autoridades al hecho de que la Reforma Laboral des indexó el salario mínimo a los que a multas y sanciones se refiere, esto significa que hace dos años la indemnización era de apenas 60 mil pesos mientras que hoy el acusado debe pagar, además de gastos funerarios en caso de que la víctima muera, una indemnización de 322 mil pesos.

Para la familia de este caso en particular la indemnización debe pagarse siempre que se deslinden responsabilidades mediante un peritaje profesional y un dictamen confiable “Si mi madre tuvo la culpa yo lo acepto, pero con todo esto que se vio quiero que llegue hasta donde tope, hay fotos donde los agentes de vialidad uno está tomando café ¿qué clase de peritaje es ese?”.


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