Asegura Profepa loros y pericos
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) confiscó ocho aves, que se encuentran bajo protección especial y en peligro de extinción y los cuales eran comercializados sin los documentos necesarios que acreditaran su legal procedencia. En operativo conjunto con la Policía Investigadora de Delitos (PID) y personal de la Profepa inspeccionó dos locales comerciales […]
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) confiscó ocho aves, que se encuentran bajo protección especial y en peligro de extinción y los cuales eran comercializados sin los documentos necesarios que acreditaran su legal procedencia.
En operativo conjunto con la Policía Investigadora de Delitos (PID) y personal de la Profepa inspeccionó dos locales comerciales ubicados en la avenida 20 de Noviembre, lugares donde detectó referidas aves.
Los inspectores federales observaron que en uno de los negocios había dos loros, uno de la especie Loro Corona Lila (Amazona finschi) y el otro Loro Frente Blanca (Amazona albifrons).
En un local contiguo, dedicado a la venta de refacciones y jaulas, se ubicaron tres pericos atoleros (Aratinga canicularis) y tres loros más (dos Amazona finschi y un Amazona albifrons).
Los poseedores de los ejemplares no pudieron acreditar su legal posesión y procedencia, motivo por el cual fueron aseguradas precautoriamente y resguardadas en la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Juárez del Estado de Durango (UJED).
Cabe señalar que de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, las especies Aratinga canicularis y Amazona albifrons están sujetas a Protección especial, mientras que el Amazona finschi se encuentra en Peligro de extinción.
De acuerdo con el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal, el tráfico ilegal de ejemplares es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a tres mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Además, se aplican de manera adicional una pena de hasta tres años de prisión y multa de hasta mil UMA cuando las conductas descritas se realicen con fines comerciales.

