Asegura Luis Galindo que nombramiento Segovia es legítimo
En el articulo 57 de la Constitución Política del Estado de Durango se estipula claramente que los cargos de elección popular son irrenunciables, declaró el ex panista, Luis Galindo, respecto a los señalamientos de presunta ilegalidad en el nombramiento de Carlos Segovia. Definió como lamentables las declaraciones realizadas por los diputados locales, “…que se empapen […]
En el articulo 57 de la Constitución Política del Estado de Durango se estipula claramente que los cargos de elección popular son irrenunciables, declaró el ex panista, Luis Galindo, respecto a los señalamientos de presunta ilegalidad en el nombramiento de Carlos Segovia.
Definió como lamentables las declaraciones realizadas por los diputados locales, “…que se empapen un poquito más, ellos deben ser conocedores de las leyes, y está bien estipulado todo el proceso que se siguió para su nombramiento”.
Pero por otro lado, refirió que en la Ley Orgánica del Municipio de Durango, en el artículo 66, también se plasma de manera clara sobre el proceso cuando el alcalde tiene una ausencia mayor de 15 días, “no la cubre el primer regidor, sino que los integrantes del Ayuntamiento se organizan para proponer o entre ellos definir quién puede ocupar el cargo”.
En ese caso, dijo el ahora militante del Movimiento Ciudadano, se trata de una propuesta realizada por la regidora Marisol Carrillo.
“Se sometió a votación, Carlos Segovia es el alcalde tal como lo dice la ley, no hay hilo negro, irregularidad, yo lo veo como un tema político, donde curiosamente se hace 20 días después del nombramiento”.
