Impugnan partidos pérdida de registro
El Partido Duranguense (PD), Nueva Alianza (Panal), Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Partido Verde (PVEM) impugnarán el Acuerdo que emitió el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) sobre el inicio del periodo de prevención para la pérdida de acreditación y de registro en el estado, confirmó el magistrado presidente […]
El Partido Duranguense (PD), Nueva Alianza (Panal), Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Partido Verde (PVEM) impugnarán el Acuerdo que emitió el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) sobre el inicio del periodo de prevención para la pérdida de acreditación y de registro en el estado, confirmó el magistrado presidente del Tribunal Estatal Electoral (TEE), Raúl Montoya Zamora.
“Lo que hizo el Instituto Electoral fue ponerlos sobre aviso a todos aquellos partidos que no alcanzaron el tres por ciento en alguna de las elecciones, el mismo nombre del Acuerdo lo señala, falta el Acuerdo mediante el cual se tome la determinación de cancelar el registro o la acreditación en el caso de los partidos políticos nacionales”, explicó.
El Partido Duranguense sería el único susceptible de perder el registro por tratarse de un partido estatal, el resto de los partidos que no lograron obtener el tres por ciento de la votación el pasado cinco de junio tienen registro nacional y por ello solo perderían la acreditación.
Durante la sesión el Tribunal resolvió este miércoles que el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) deberá individualizar una sanción en contra del ahora alcalde electo en el municipio de Durango, José Ramón Enríquez Herrera.
El magistrado presidente del Tribunal, Raúl Montoya Zamora explicó que “esta sanción deviene de unos procedimientos sancionadores que fueron tramitados ante el Consejo Municipal Electoral en donde se determinó la responsabilidad electoral tanto de doctor José Ramón Enríquez Herrera como del Partido Acción Nacional y de la Revolución Democrática”.
La causa de la sanción derivó de la entrega de una calle pavimentada en el Fraccionamiento Huizache durante la campaña electoral, algo que la legislación electoral contempla como una irregularidad la entrega de cualquier bien o servicio con fines electorales.
Montoya Zamora aclaró que la controversia no se centró sobre la irregularidad cometida por el entonces candidato sino en la sanción impuesta por el IEPC porque en un inicio el Consejo Municipal determinó que bastaría con una amonestación pública pero luego el Consejo General decide aplicar una multa económica de 750 días de salario mínimo tanto a José Ramón Enríquez como a Acción Nacional (PAN) y al Partido de la Revolución Democrática (PRD).
