Proteger a nuestro ganado desde la gestación nos permite mejorar el campo

Se busca prohibir el sacrificio de hembras en estado de gestación, a menos que un médico veterinario lo autorice

23/05/2024

La riqueza del hato ganadero de los productores, no solo se mide en el número total de cabezas, sino que muchas veces, es más importante el contabilizar el número de vientres fértiles con los que se cuenta.

La productividad que representan las cabezas de ganado es importante, pero también es importante conocer el potencial que implica el número de partos que pueda generarse en el vientre de las hembras.

Resulta de gran relevancia para el apoyo de la productividad de los ganaderos del estado, el hecho de que los municipios puedan contar no solo con los instrumentos propios y adecuados para llevar a cabo el sacrificio de animales para consumo humano.

El sacrificio de los animales destinados a consumo se encuentra regulado por la Ley Ganadera para el Estado de Durango. Estas disposiciones tienen un carácter mayormente administrativo sobre el funcionamiento del rastro, además, quedan fuera muchos aspectos técnicos y médicos que no dejan de ser un asunto importante de observar sobre el animal destinado al consumo humano.

Los supuestos que deben de preverse son muchos, pues la legislación no solo establece el procedimiento que debe seguirse, sino también lo que debe prohibirse en razón de no ser correcto, y en su caso, las excepciones a casos concretos.

Yo como impulsor de esta iniciativa considero que la fertilidad del vientre y el estado de gestación de las hembras es un aspecto técnico y médico que debe considerarse antes de llevar, o no, al rastro a los animales destinados al consumo humano, sin embargo, este criterio no siempre es aplicado y tampoco esta específicamente establecido en la ley de la materia.

En ese sentido, con esta iniciativa se pretende prohibir el sacrificio de hembras en estado de gestación, a menos que un médico veterinario lo autorice mediante la justificación técnica debidamente sustentada. Para este fin se propone una reforma al artículo 129 de la Ley Ganadera para el Estado de Durango para establecer lo siguiente:

“Se prohíbe el sacrificio de hembras en estado de gestación, a menos que el médico veterinario oficial o particular aprobado lo autorice mediante la justificación técnica debidamente sustentada”,


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