Solicitud de candidatura común PAN-PRD-MC-PD no pasa en comisión
Comisión declara improcedente candidatura común del PAN, PRD, MC y PD Se argumentó que las fuerzas políticas no cumplieron con los requisitos La Comisión de Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) declaró improcedente la solicitud que presentaron los Partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), […]
Comisión declara improcedente candidatura común del PAN, PRD, MC y PD
Se argumentó que las fuerzas políticas no cumplieron con los requisitos
La Comisión de Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) declaró improcedente la solicitud que presentaron los Partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y Duranguense (PD) para el registro de una candidatura común.
Dicha solicitud fue presentada el pasado 1 de abril y conforme al Reglamentose le dió trámite en la Comisión de Partidos Políticos para revisar si la misma cumplía con los requisitos marcados en la legislación.
La Comisión argumentó que no se cubren algunos de los requisitos que establece tanto la Ley como el Reglamento, en materia de procedimientos electorales. Entre los requisitos está el que se nombren representantes comunes y que se incluya un emblema de la candidatura.
Tras la aprobación del dictámen en la Comisión este será votado en el pleno del Consejo General del IEPC, quien tiene la facultad de ratificarlo o de modificarlo e incluso de cambiar el sentido en el que se aprobó en la Comisión.
Las fuerzas políticas podrán impugnar ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE) la determinación del pleno del IEMP en caso de que no compartan el resultado.
El periodo para registro de campañas locales está marcado en el calendario del siete al 14 de abril.




