Inicia Congreso proceso para inhabilitar a Enríquez
Este mediodía, el Pleno del Congreso del Estado, aprobó con 20 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, iniciar el tercer proceso sancionador a través de la Comisión de Responsabilidades, contra del presidente municipal, José Ramón Enríquez Herrera. De acuerdo con un comunicado emitido por el poder Legislativo, el proceso sancionador es por […]
Este mediodía, el Pleno del Congreso del Estado, aprobó con 20 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, iniciar el tercer proceso sancionador a través de la Comisión de Responsabilidades, contra del presidente municipal, José Ramón Enríquez Herrera.
De acuerdo con un comunicado emitido por el poder Legislativo, el proceso sancionador es por haber infringido en forma reiterada los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia que deben observar los servidores públicos en su desempeño.
En el documento emitido y firmado por secretario de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado, Manuel Rosales Domínguez, el jucio es respaldado en virtud con las facultades que otorga el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por tal motivo, y una vez que el Pleno autorizó iniciar dicho análisis, regresa a la Comisión de Responsabilidades para que esta a su vez emplace al Ayuntamiento y al servidor público en cuestión. Concluido el proceso antes mencionado, se abre el juicio político por hasta 30 días naturales.
Lo anterior, derivado de la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la sentencia 76/2018.
En este sentido, el Tribunal Electoral determina la violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando que, en los actos atribuidos, materializan la inobservancia a la prohibición de divulgar propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada por parte del Presidente Municipal.
Además, se apercibe a Enríquez Herrera a no incidir nuevamente en las conductas que dieron origen a la presente sanción, pues su reincidencia dará curso a procedimientos de responsabilidad que castiguen en grado severo su reiteración.
El documento finaliza, al sentenciar que no es el Congreso del Estado, ni los legisladores, quienes juzgan, sino el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la instancia que determinó que el funcionario en cuestión incurrió en una infracción, por lo que dio vista a este Congreso para determinar y aplicar las sanciones que correspondan.




