¿Qué es y cómo tramitar el acta de presunción de muerte?
La historia de Alicia Álvarez Solís, originaria de Gómez Palacio, Durango, es similar a la de muchas mujeres del estado; luego de la violencia desatada hace 9 años en la región Laguna, se registraron desapariciones forzadas. Y así fue el caso de ella quien, en un día normal de trabajo, pero del año 2012, su […]
La historia de Alicia Álvarez Solís, originaria de Gómez Palacio, Durango, es similar a la de muchas mujeres del estado; luego de la violencia desatada hace 9 años en la región Laguna, se registraron desapariciones forzadas. Y así fue el caso de ella quien, en un día normal de trabajo, pero del año 2012, su esposo ya no regresó a su casa.
“Esa parte fue muy difícil, porque no sabes que decir; en un principio, mis hijos sí pensaron que su papá los había abandonado”, comenta.
Alicia tenía la esperanza de poder saber algo de su esposo, o bien, que se solicitara el rescate; sin embargo, no fue así. En comparación con el resto de familiares de personas desaparecidas, quienes no descansan por buscarlos, ella decidió, por voluntad propia y por el bienestar de sus hijos, Alicia de 19 años y Elías de 12, ya no buscarlo más, y empezar una vida sin su esposo, una decisión que le fue difícil tomar.
“La esperanza, dicen, muere al último; en mi caso, tuve que ser tan determinante y tan contundente”, menciona. “Dije ‘ok’, si quieren pueden seguir buscándolo, pero, en mi familia, en mi casa, en mi mente y mi corazón, mi marido ya está muerto, donde esté, como haya sucedido, lo tuve que decidir porque, sino lo hubiera decidido, todavía estaría esperando encontrarlo”.
Sin embargo, para Alicia, que durante años no ha sabido nada de su esposo, estaba consiente que ahora tendría que enfrentar algunas situaciones legales, como, por ejemplo: ‘¿qué tramite hacer para poder seguir pagando la vivienda en la que vivía junto a su familia?’, trámites bancarios en los que su esposo era el único encargado de poderlos realizar, entre otros documentos; para ello, se acude a la comisión de atención a familiares desaparecidos, creada en el 2011 para poder tramitar el acta de presunción de muerte.
“No podía pagar las colegiaturas de mis hijos, porque el papá las pagaba; ahora, ¿qué vamos a hacer?”.
La relevancia de este documento radica en que ha permitido a las esposas o esposos, e hijos de las personas presuntamente fallecidas, acceder a las prestaciones legales que por derecho laboral tenían las personas que llevan tiempo desaparecido.
“Ya llevamos avanzado el recorrido, el juez ya me dio esta aceptación de presunción de muerte”, continúa. “El acta no es de defunción”.
Cabe mencionar que, para iniciar el trámite de presunción de muerte, es indispensable contar con una denuncia en la que se establezca que la persona fue privada de la libertad por una o más personas y que ha pasado un año de sucedidos los hechos; de no ser así, se tiene que tramitar, primero, la declaración de ausencia y tres años después la presunción de muerte.
Excélsior
